Iglesia

Licencia para casarse en otra parroquia

Cuándo hace falta la «fuga» o licencia si la boda no es en vuestra parroquia de domicilio.

Si la ceremonia es en una parroquia distinta a la de residencia, el párroco de origen debe autorizar la celebración en otro templo.

El trámite pasa por la parroquia de domicilio y, a veces, por el obispado.

Plazos

Avisad desde el inicio del expediente, 4–6 meses antes.

Dónde tramitarlo

Parroquia de domicilio y parroquia de celebración.

Qué tener en cuenta

  • Si el sacerdote que casará es un familiar o conocido, mencionarlo pronto para la autorización correspondiente.
  • En bodas fuera de la diócesis puede hacer falta trasladar el expediente al arzobispado local.

Orientación general para parejas en España. Cada registro civil, ayuntamiento, parroquia o notaría puede pedir matices distintos: confirmad siempre con el organismo que os corresponda.