Iglesia
Licencia para casarse en otra parroquia
Cuándo hace falta la «fuga» o licencia si la boda no es en vuestra parroquia de domicilio.
Si la ceremonia es en una parroquia distinta a la de residencia, el párroco de origen debe autorizar la celebración en otro templo.
El trámite pasa por la parroquia de domicilio y, a veces, por el obispado.
Plazos
Avisad desde el inicio del expediente, 4–6 meses antes.
Dónde tramitarlo
Parroquia de domicilio y parroquia de celebración.
Qué tener en cuenta
- Si el sacerdote que casará es un familiar o conocido, mencionarlo pronto para la autorización correspondiente.
- En bodas fuera de la diócesis puede hacer falta trasladar el expediente al arzobispado local.
Orientación general para parejas en España. Cada registro civil, ayuntamiento, parroquia o notaría puede pedir matices distintos: confirmad siempre con el organismo que os corresponda.